España. Ministerio de Cultura. Archivo Histórico Nacional. Diversos y Colecciones, Códice 91
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García Gutiérrez, nieto de Garcí García de Sigüenza y doña Urraca, confirma al abad don Rodrigo y al monasterio de Santa María Rioseco como propietarios de todas aquellas tierras que sus abuelos y su tío, Gonzalo García, vendieron o donaron en su día al centro monástico en los territorios de Cendrera, Sotopalacios y Rioseco. Además, promete entregar al cenobio la quinta part, que le ha correspondido como herencia, a cambio de recibir sepultura entre sus muros. Por último, establece que si cambiara de opinión y decidiera ser enterrado en otro lugar, compensaría al monasterio mediante la donación del mejor de sus animales.
Fecha: | 1224, septiembre. |
Lugar: | [s.l.l] |
Nº de orden del documento en el libro: | |
Foliación: | fols. 59r-60v. |
Nº de folios: | 2 |
García Gutiérrez, nieto de Garcí García de Sigüenza y doña Urraca, confirma al abad don Rodrigo y al monasterio de Santa María Rioseco como propietarios de todas aquellas tierras que sus abuelos y su tío, Gonzalo García, vendieron o donaron en su día al centro monástico en los territorios de Cendrera, Sotopalacios y Rioseco. Además, promete entregar al cenobio la quinta part, que le ha correspondido como herencia, a cambio de recibir sepultura entre sus muros. Por último, establece que si cambiara de opinión y decidiera ser enterrado en otro lugar, compensaría al monasterio mediante la donación del mejor de sus animales.
(En tinta roja:) Garsias Guterreç.
Notum sit omnibus hominibus tam presentibus quam futuris quod ego Garsias Guterreç, nieto de Garçi Garcieç de Siguença et donna Urraca, otorgo a uos don Rodrigo, abbat de Rio secco et a todo uuestro conuent, los que son e los que an de uenir, todas las heredades que mio auuelo, don Garcia Garciat e mi auuela sua uxor, uendieron o dieron a uuestros antecessores o por qualquier manera ellos o uos ga//(fol. 60r)nastes de los mios auelos e de mio tio Goncaluo Garciez en Cennera e en Soto palacios e en Rio secco o por qualque logar ganastes pora uuestro monasterio. Por mi uoluntad me parto de estas heredades supradictas, pagado e sin querela, por siempre mas e prometo mio cuerpo a sepultura a uuestro monesterio por mi quinta; mas si io orden presiero en otro logar, daruos he yo la meior bestia que ouier a essa saçon e douos fiador de sanamiento a fuero de tierra a Pedro Peidrez Carro que riedre tot omne que deua heredar lo de estos mios auuelos desuso nombrados e de Gonçaluo Garciaz mio tio e lo mio. E si alguno de mio lignage esto que io con uos pongo quisiere contralar o mudar, sea maledicto de Dios commo fue Iudas el traidor de nuestro sennor Ihesu Christo e a uos dé otra tal heredat dupplada en otro tal logar o meiorada e peche en coto C morabedis al rey. Et yo fray Rodrigo abbat de Rio secco con uoluntat del conuent, prometo a uos Garcia Gutieret, por en uuestra uida solamientre, XII almudes de trigo et VIII almudes de ceuada. E sabet que esto uos mandamos por el amor de uuestro auuelo e de uuestra auuela e de uuestro tio nos fiçieron e uos fiçiestes e seperamos que feredes.
Facta carta en el mes de setiembre, sub era Mª CCª LXIIª annos. Re//(fol. 60v)gnante el rey don Ferrando e la reyna donna Beatriç en Burgos e en Toleto e in Castilla e in omni regno suo. M(auricius) burgensis episcopus.
Jo Garci Guterrez mando fer esta carta e leer. Dont son testigos: Lop Ordonneç adelantado de Castiela uiega, Roi Carro, Petro Diaz de Celada, Alfonso Diaz de Ual de toues, Sancho Diaz de Cespedes, Pedro Ruit de Luçio, Roi Martinez de Soto palacios, don Martin, don Rodrigo presbiter, Pedro Galindez, Martin Galindez, Ferrant Galindez. Oidores conceio de Soto palacios. De Rio secco testes: el prior don Uecent, don Iusto susprior, don Martin celerer maior, Martin Migaelleç el celeriço, don Martin de Muradiello el cantor, don Simon el sacristano, fray Martin de Cennera e todo el conuento de Rio secco otorgaron esta carta.
Martin Paris scripsit.
En la edición de Cadiñanos Bardeci este documento aparece situado sólo en el folio 59v.