Códice 91

España. Ministerio de Cultura. Archivo Histórico Nacional. Diversos y Colecciones, Códice 91

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Las hijas de Gonzalo Pérez de Sotregero, doña Inés y doña Marina, venden al abad don Diego y a todo el monasterio de Santa María de Rioseco la tierra que poseen en Quintanaortuño, recibiendo como pago la cantidad de siete maravedíes y un almud de trigo.

Fecha: 1249, enero, 27.
Lugar: [s.l.]
Nº de orden del documento en el libro:
Foliación: fol. 66r y v.
Nº de folios: 1

Resumen

Las hijas de Gonzalo Pérez de Sotregero, doña Inés y doña Marina, venden al abad don Diego y a todo el monasterio de Santa María de Rioseco la tierra que poseen en Quintanaortuño, recibiendo como pago la cantidad de siete maravedíes y un almud de trigo.

Transcripción

In Dei nomine.

Notum sit omnibus hominibus tam presentibus quam futuris, como nos, fyas de Gonzalo Perez de Sotregero nombradas donna Ignes e donna Marina, vendemos e robramos a uos don Diago abat de Rio seco e al conuento dex mismo logar, la nuestra tierra que nos auemos en Quintana fortun, nombrada la tierra de la ribiella alledanos en sulco Gonzalo Royz, de otra part F. Siluestre, en fondon los de don Polo, en somo Pero Diaz de Uarrio solo. Esto uos uendemos e robramos por VII morauedis, I almud de trigo de que somos bien pagados de morauedis e de trigo e de robra.
Fiador de sanar e de redrar a fuer de tierra asi como el rey manda e de façer otorgar a las mozas quando ouieren edad, fiador Diago Alfonso.
Desto son testigos, de algo: Gutier Perez de Sotopalatios, J. Armigot, Pedro Gonzalez fyio de G. Perez, Pedro Ferrandez de Faedo, Gonzalo Nuniz de Quintana fortun, F. Gonzalez fyo de Gonzalo Martin de miuida, F. Yuanes fyio doueanes de Martin Carriello, don Cibrian de Ouirna merino de R. Rodriguez; de labradores de Quintana fortun: Aparicio fijo de Martin de Ual, Gonzalo Yuanes fijo, F. Yuanes, F. Gonzalez fijo de don Gonzalo de la Parra, Domingo Gonzalez presbiter//(fol. 66v) fijo de don Gonzalo de la Parra, don Martin de Sotopalacios, Roy Perez diachon fijo de Cuempadre. Si alguno de nosotros o destrannos esta uenta o esta robra quisier quebrantar, aya la yra de Dyos e sea con Judas en infierno danado e peche en coto al rey C morauedis e al monesterio todo el dano dupplado.
Facta carta IIIIº dias por andar de henero, anno Domini Mº Cº Cº XLº VIIIº, era Mª CCª LXXXª VII. Regnant el rey don Ferrando en Castilla e en Leon, con su muyer la reyna donna Juana. Alferiz don Diago de Faro, Merino mayor Ferran Goçaluez.
Rodericus scripsit.

En la edición de Cadiñanos Bardeci este documento se fecha, erróneamente, el día 28 de enero de 1249.