España. Ministerio de Cultura. Archivo Histórico Nacional. Diversos y Colecciones, Códice 91
0141
Apeo de los límites de la heredad que el monasterio de Santa María de Rioseco le había comprado a las hijas de Álvaro García en el territorio de Horna.
Fecha: | Siglo XIII. |
Lugar: | [s.l.] |
Nº de orden del documento en el libro: | |
Foliación: | fol. 72r y v. |
Nº de folios: | 1 |
Apeo de los límites de la heredad que el monasterio de Santa María de Rioseco le había comprado a las hijas de Álvaro García en el territorio de Horna.
(En tinta roja:) De las fijas de Aluar Garcia.
Esta es la heredad que conpramos en Horna de las fijas de Aluar Garcia: vna haça en sulco del sendero de la Fontaniella dell vn cabo Yuannes fi de Johan Martin dell otro Rodrigo fi de Gonçaluo e el medio del pedaço de la Olmera dell vn cabo Yuan Martinez dell otro cabo de la orden que fue de Gunçalo Diez. Otra tierra a la Munneca el sulco de Vinceynt del otro cabo otro pedaço de Villarcayo. Otro pedaço entre amos arroyos en sulco de Yuannes fi de Johan Martinez ençima la serna de Sancho Sanchez. Otra haça//(fol. 72v) a las peniellas en sulco de donna Menga de la otra parte Yuan Gonçalez e Yuan Ruyo. Otra haça que toma en el maiuelo de Roy Gutierrez e va a la carrera de Medina en sulco de Yuan Martinez dell otra parte Martin Penniella. Estos son seys logares.
En relación a la fecha de este documento resulta complejo establecer, al menos, una aproximación, ya que las hijas de Álvaro García no aparecen en ningún otro documento del cartulario. Sólo sería posible señalar que pudo ser redactado en el siglo XIII, atendiendo a dos motivos: en primer lugar, el contenido del documento 140 se refiere también al territorio de Horna y está fechado en el siglo XIII. Parece lógico pensar que el centro monástico adquiera sus propiedades en este espacio geográfico en la misma época; en segundo, podemos tener en cuenta, de nuevo, el criterio cronológico, como el segundo en importancia a la hora de estructurar el cartulario.